REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro, 14 de FEBRERO de 2.011
Años; 201º y 152º

Vista la demanda de PARTICIÓN DE BIENES DE HERENCIA, presentada por el ciudadano DARWIN JOSUE MILLANO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 16.828.352, domiciliado en el Sector El Beneficio II, casa sin numero del Municipio Dabajuro del Estado Falcón, debidamente asistido por la abogada OLGA LOPEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 29.993.- En contra de la ciudadana TERESITA DE JESUS DELGADO RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.568.259, domiciliada en la calle Soublette casa sin numero del Sector Soublette del Municipio Dabajuro del Estado Falcón .
Este Tribunal acuerda darle entrada y anotarla en los libros respectivos. Por cuanto el Tribunal observa que dicha demanda no es contraria al orden Publico, a las buenas costumbres o/a disposición expresa de la Ley, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE la presente demanda de PARTICIÓN DE BIENES DE HERENCIA, por cuanto la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia del artículo 777 ejusdem.-
En consecuencia, se acuerda emplazar a la ciudadana TERESITA DE JESUS DELGADO RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.568.259, domiciliada en la calle Soublette casa sin numero del Sector Soublette del Municipio Dabajuro del Estado Falcón, para que comparezca por ante éste Tribunal por si o por medio de apoderados judiciales, dentro de los veinte (20) días de despacho siguiente de que conste en autos el resultado de la citación del demandado, mas un (01) día de termino de distancia en razón del domicilio de la demandada, en horas de despacho fijadas en tablillas de 08:30 a.m. a 3:30 p.m., PARA DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EN EL PRESENTE JUICIO.-
Para la práctica de la citación de la parte demandada, se ha comisionado suficientemente al Juzgado de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
A los fines de la certificación de las copias necesarias para la compulsa de citación, se faculta a la Secretaria Titular de este Despacho Abogada CECILIA HANSEN FANEITE, titular de la cédula de identidad N° V-12.736.460, quién las certificará previa confrontación con sus originales de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Con relación a la medida solicitada por la parte actora, ésta se tramitará por auto separado.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABOG. NELLY CASTRO GÓMEZ
LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. CECILIA HANSEN

Nota: Se formó expediente constante de ________________, folios útiles, quedando anotado bajo el N° __________. Se espera que la parte interesada consigne las copias necesarias a los fines de proceder a la citación del demandado.- Conste, Coro, fecha UT-supra.-
LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. CECILIA HANSEN

NCG/CHF/jaml