REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO; 21 DE FEBRERO DE 2011.

AÑOS: 200º y 152º
Vista la demanda de DIVORCIO fundamentada en el articulo 185 ordinal 2º del Código Civil Venezolano vigente, presentada por la Ciudadana: MARTHA GUADALUPE ROMERO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.523.953, domiciliada en la Urbanización Cruz Verde, sector 8, vereda 35, casa Nro. 07, Municipio Miranda del Estado Falcón, asistida por loa Abogados LESDILBERT ORIANNI CASTILLO CASTILLO y ALBERTO CASTILLO HERNANDEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 154.310 y 55.863 respectivamente, con domicilio procesal en la Calle Ampres, entre Calles Buchivacoa y Garcés, Edificio Ansama, piso primero, Oficina Nro. 5, Escritorio Jurídico “Castillo, Miranda & Flores” contra el Ciudadano: TEOFILO RAMON CUAURO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.292.654, domiciliado en el Barrio Cruz Verde, Calle Ali Primera, casa s/n, frente al Puesto de Perros Calientes “La Y”, de ésta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
Désele entrada junto con sus recaudos anexos, anótese en los libros respectivos.-
Ahora bien, por cuanto el Tribunal observa que la presente demanda no es contraria al orden Público, a las buenas costumbres o/a disposición expresa de la Ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; ADMITE la presente demanda de Divorcio.
En consecuencia, se ordena emplazar al Ciudadano: TEOFILO RAMON CUAURO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.292.654, domiciliado en el Barrio Cruz Verde, Calle Ali Primera, casa s/n, frente al Puesto de Perros Calientes “La Y”, de ésta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, mediante compulsa, para que comparezca personalmente a la hora de las 10:00 a.m., del primer día de despacho siguiente pasados que sean Cuarenta y Cinco (45) días consecutivos, y una vez que conste en autos el resultado de su citación; para tener lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO del procedimiento.
Se le advierte a las partes que vencido el termino anterior, se entenderán emplazadas las partes para que comparezcan personalmente al SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, que se llevara a cabo a la hora de las 10:00 a.m., del primer día de despacho siguiente, pasados que sean Cuarenta y Cinco (45) días consecutivos, de haberse celebrado el primer Acto conciliatorio.- Así mismo, se les hace saber que si en la oportunidad de celebrarse el segundo acto conciliatorio, insiste en su demanda la parte accionante, en horas de despacho fijadas en tablillas por este Tribunal de (8:30 a.m., a 3.30 p.m.,) y al quinto (5º) día de despacho siguiente a esa fecha, deberán comparecer por si o por medio de apoderados, al ACTO DE CONTESTACION DE LA DEMANDA.
Para la práctica de la citación de la parte demandada, se ha facultado suficientemente al Alguacil de éste Tribunal a quien le firmara recibo como constancia de haber sido emplazada personalmente.
De conformidad con lo previsto en los artículos 131 y 132 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante boleta a la Fiscal octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de imponerla sobre el presente procedimiento, y para que ejerza poderes y facultades que le confiere la Ley.
Líbrese la boleta de notificación y entréguesele al Alguacil del Tribunal para su debido cumplimiento.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. NELLY CASTRO GOMEZ,

LA SECRETARIA ACC.,
YOLIMAR MEJIAS,

NOTA: Se formo expediente en una pieza (1) constante de ____________________ ( ) folios útiles, anotado bajo el Nº____________.- Se espera que la parte interesada consigne las copias necesarias a los fines de cumplir con la citación de la parte demandada, asimismo para proceder a librar boleta de notificación a la Fiscal Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Conste. Coro. Fecha UT-Supra. (Carmen).
LA SECRETARIA ACC.,
YOLIMAR MEJIAS,






ABG.NCG/Carmen
Exp. Nro.________.