REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro: 22 de FEBRERO de 2011
Años: 200º Y 152º

“Vistos”
EXPEDIENTE: 1143

DEMANDANTE:

NUMA JOSE MIRANDA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón. Abogado en ejercicio Nro. 35.748.


DAMANDADO MAYRA ALEJANDRA PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.417.224, con domicilio en esta ciudad de santa ana de coro, municipio miranda, del estado Falcón.


ABOGADO DE LA PARTE ACTORA DEIBYS SMITH, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado Nro. 122.460, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón.
MOTIVO ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.
Visto la anterior diligencia presentada por el ciudadano: NUMA JOSE MIRANDA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón. Abogado en ejercicio Nro. 35.748, en su carácter acreditado en autos, parte demandante en el presente litigio, contentivo a ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, en contra la ciudadana MAYRA ALEJANDRA PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.417.224, con domicilio en esta ciudad de santa ana de Coro, Municipio Miranda, del estado Falcón, asistida por el abogado DEIBYS SMITH, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado Nro. 122.460, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, mediante la cual la parte actora confirma y ratifica acuerdo llegado el fecha 16/02/2011, en el presente juicio por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES. En consecuencia, este Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de cosa Juzgada, en autoridad de cosa Juzgada. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el Diario de Labores del Tribunal.- LCDA. ADRIANA ODUBER
La Juez Titular, La Secretaria Titular
Abg. Zenaida Mora de López. Abg. Mariela Revilla
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Titular
Abg. Mariela Revilla

EXP. 1143