REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Punto Fijo, 17 de Febrero de 2011
Años: 200º y 151º
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano, Carlos Raaz, en su condición de Presidente de la Cooperativa “INDUSTRIAL DE SERVICIOS ASESORIA Y MANTENIMIENTO TECNICO EN REFRIGERACION, ELECTRICIDAD Y SOLDADURA, R.L”, con el carácter acreditado en autos, mediante la cual en su primer pedimento desiste del presente procedimiento, este Tribunal le imparte su homologación con el carácter de cosa juzgada de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Con el relación al segundo pedimento, devuélvansele al diligenciante los originales que solicita, inserto los folios (36 y del 46 al 54), previa certificación en las actas de copias de los mismos, conforme lo prevé el artículo 112 ejusdem, hecho lo cual archívese el expediente con posterior remisión al archivo judicial, en la oportunidad que corresponda, refoléese el expediente.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
El Secretario Temporal,
Abog. Freddy Arcila Gutiérrez.
CHL/rcme.
Exp. 8521