REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

EN FECHA 29/07/2011 s le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, anexo constante de 05 folios útiles, copia certificada de la solicitud y el auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 624-2011, de fecha 22/07/2011, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 1022-2011 llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana ANGÉLICA CAROLINA CHIRINOS GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.102.505, debidamente asistida por el Abg. ANGEL A. RUIZ CH., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 100.540, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado. Una vez cumplido el presente Exhorto, devuélvase original con sus resultas al Tribunal de Origen
En fecha 03/08/2011 se dicta auto mediante el cual se provee diligencia de fecha 02/08/2011 y pedimento contenido, solicitante debidamente asistida por la Abg. VILMAGLIS MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 171.273, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en un inmueble ubicado en la Avenida Pinto Salina ente calle el Sol y Avenida Ramón Antonio Medina Municipio Miranda del Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la práctica de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día acordado en autos, las 9:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 08/08/2011 se constituye este Tribunal en un inmueble local con puerta tipo Santa Maria color Negro, sin rotulado identificativo, ubicado en la Avenida Pinto Salinas entre Calle el Sol y Avenida Ramón Antonio Medina, al lado de la Peluquería Carmencito, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, a solicitud de la ciudadana ANGELICA CHIRINOS GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.102.505, asistida en este acto por la abogada Abg. VILMAGLIS MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 171.273, oportunidad fijada para realizar la inspeccion judicial solicitada por ante el tribunal de la causa. Encontrándose este Tribunal constituido en el inmueble señalado por la solicitante, se procedió a notificar a el ciudadano ANTONIO JOSE FUENMAYOR POLANCO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 17.19.052, profesión Contador Público independiente, a quien se le impuso de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Exhorto por la Jueza Ejecutora de Medidas. Seguidamente, este órgano jurisdiccional pasó a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección y cumplida como ha sido se devuelve al tribunal de la causa.

En fecha 09/08/2011 se libró oficio Nro. 178/2011 remitiendo al tribunal de la causa el presente Despacho de Exhorto Nº 1.684-IJ-2.011, nomenclatura de este Tribunal, constante de 12 folios útiles, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 1022-2011 llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana ANGÉLICA CAROLINA CHIRINOS GARCÍA, debidamente asistida por la Abg. VILMAGLIS MEDINA, librada mediante Oficio Nº 624-2011, de fecha 22/07/2011, debidamente cumplida.-