REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2010-004070
Vista la diligencia de fecha 19 de julio de 2011, suscrito por los abogados EDUARDO TRENARD y PEDRO RAMOS, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente, mediante la cual llegan a un convenimiento de pago con relación al monto condenado y especificado en la experticia complementaria de fallo, la cual riela en autos. En consecuencia, este Juzgado homologa dicho acuerdo en los términos expuestos por las partes, por último se insta a la parte demandada a cancelar los honorarios profesionales del experto contable designado en la presente causa. Así se decide.-
La Juez
El Secretario
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Héctor Mujica