REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 13 DE JUNIO DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: JOSE GREGORIO BARRIOS FERRER, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.766.651, soltero, comerciante, venezolano, mayor de edad, asistido por el abogado en ejercicio ARMANDO RAFAEL REYES, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 94.937, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.182.269, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: JOSE GREGORIO BARRIOS FERRER sobre: una bienhechurias constante de: Una Casa con Tres (03) Cuartos, Una (01) Sala – Comedor, un (01) Baño, paredes de bloque, techo de zinc y piso de cemento, el resto de terreno se encuentra sembrado de pasto Natural y árboles frutales, también se encuentra invertida varias horas Maquinas para la Construcción de una represa. Se encuentra enclavadas en terrenos Municipales, Ubicado en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión del Estado Falcón. Constante de una extensión superficial de CINCO HECTAREAS CON OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (5.HAS.8349.Mts2), siendo sus linderos generales siguientes:
NORTE: Con Calle Comercio.
SUR: Con Calle San Rafael.
ESTE: Con Calle San Rafael.
OESTE: Con Cementerio Municipal y Terreno de hermanos Cordero.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: SETENTA MIL BOLIVARES FUERTES (70.000,00 Bs. F.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado De Los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TRECE (13) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE. (13-06-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.-
LA JUEZA TEMPORAL.-
ABOG. INADIA RODRIGUEZ.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-
I/R/ MIL
13-06-2011