…PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DELA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, primero de junio de dos mil once. ------------------


Años: 201° y 152°

Vista la anterior solicitud a la que se dio entrada por auto de esta misma fecha, presentada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA MORILLO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-5.443.240, domiciliada en San Juan de los Cayos, Municipio Acosta del Estado Falcón, asistida por el abogado TULIO ENRIQUE MENDOZA ARIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 102.977, habiendo analizado las declaraciones de los testigos, ciudadanos WILMEN ROMERO MUNELO y ELISABETH MARÍA GARCÍA PIÑA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-10.704.578 y V-16.521.731, respectivamente y domiciliados Yaracal, Municipio Cacique Manaure del estado Falcón, así como la documentación presentada por la solicitante, esto es, copias de Registro de Defunción del ciudadano JOSÉ MIGUEL FANEITE MORILLO, de Acta de Nacimiento del mismo y de cédulas de identidad de la solicitante, del ciudadano GUMERSINDO JOSÉ FANEITE ARNÍAS y del ciudadano fallecido, éste TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en atención a lo solicitado, declara a los ciudadanos CARMEN JOSEFINA MORILLO LÓPEZ y GUMERSINDO JOSÉ FANEITE ARNÍAS, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-5.443.240 y V-7.163.848 respectivamente, domiciliados en San Juan de los Cayos, estado Falcón, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JOSÉ MIGUEL
FANEITE MORILLO, quien era titular de la cédula de identidad número V-18.153.846 y falleció Ab-intestato el día 10 de abril de 2011 en la Parroquia San Diego, Municipio San Diego del Estado Carabobo. Devuélvase a la solicitante original con sus resultas. Cúmplase. -------------
La Juez Provisorio,


Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO

La Secretaria,



Abg. ANA MONTERO ARTEAGA





NOTA: En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Se devolvió al solicitante constante de siete (07) folios útiles. Conste.-------------------------------------------------------


Secretaría







EXP. Nº S-1574-2011