REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 30/06/2011 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, anexo constante de 05 folios útiles, copia certificada de la solicitud y el auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 520-2011, de fecha 17/06/2011 y recibido en este tribunal el 28/06/2011 relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el N° 1001-2011 llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana MARIA C. LÓPEZ M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.503.247, debidamente asistida por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.999, y mediante el cual se exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Désele entrada para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 01/07/2011 se dicta auto mediante el cual se provee diligencia y pedimento contenido, suscrita por la ciudadana MARIA C. LÓPEZ M. debidamente asistida por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.999, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en un Inmueble ubicado en el Sector denominado el Limoncito Abajo, Parroquia Sabaneta, Municipio Miranda del Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la práctica de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día acordado en autos las 9:00 a.m. A solicitud de la diligenciante, se designarán Perito y Fotógrafo, una vez constituido este Tribunal en el sitio.
En fecha 06/07/2.011 se levanta Acta mediante la cual se traslada y constituye este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en un inmueble ubicado en El Sector denominado El Limoncito Abajo, Parroquia Sabaneta, Municipio Miranda del Estado Falcón, a solicitud del ciudadana MARIA C. LÓPEZ M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.503.247, debidamente asistida por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.999, oportunidad fijada por este Ejecutor, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al exhorto conferido por el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por la ciudadana MARIA CANDELARIA LÓPEZ MORALES, por ante el Tribunal Comitente, el citado exhorto es librado a este Ejecutor de Medidas sustentado en el artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la práctica de la referida Inspección Judicial, cuyo tenor es el siguiente: “Los juzgado especializados en ejecución de medidas tienen competencia para cumplir las comisiones que le sean dadas por los Tribunales de la República, de acuerdo con la ley”. Seguidamente, y constituido este Tribunal en el inmueble que se encuentra en el sitio a inspeccionar, se procedió a notificar al ciudadano MARCOS RAMÓN SÁNCHEZ COLINA, venezolano, soltero, mayor de edad, Criador, portador de la cédula de identidad número 8.703.436, en su carácter de ocupante del inmueble. Seguidamente, este Tribunal, a los fines de materializar la Inspección Judicial conferida a este órgano jurisdiccional para dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección y plasmados en la respectiva acta de inspeccion: se dejo constancia de que existen en el sitio nombrado bienes muebles e inmuebles, asi como semovientes, tractores. Se utilizó los servicios del practico y del fotorgrafo.
En fecha se dicta auto mediante el cual se recibe escrito de fecha 07/07/2010, suscrito por la ciudadana ELIETT C. GUTIERRÉZ A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.674.623, por medio de la cual consigna 73 fotografías ordenadas en 35 folios, con su respectivo negativo, en consecuencia se ordena sean agregadas a los autos respectivos.
En la misma fecha se libró Oficio Nro 155/2011 remítiendole al tribunal de la causa Despacho de Exhorto Nº 1.679-IJ-2.011, nomenclatura de este Tribunal, constante de 52 folios útiles, relacionada con la solicitud de la INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el N° 1001-2011 llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana MARIA C. LÓPEZ M., debidamente asistida por el Abg. JESÚS E. VIVAS P. librada mediante Oficio Nº 519-2011, de fecha 17/06/2011, así mismo se hace entrega por Alguacil de este Tribunal de un royo de películas (negativos) consignados por la fotógrafo ELIETT C. GUTIERRÉZ A., y el cual forma parte del presente expediente, debidamente cumplida.-