REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 22 de Junio de 2011
Años: 201° y 152°
Vista la diligencia presentada en fecha 21 de Junio de 2011, por el abogado ANGEL SEGURA BAZAN, con el carácter acreditado en autos, en la cual apeló de decisión dictada en fecha 21 de Mayo de 2011, el Tribunal observa que no consta en autos decisión alguna de la mencionada fecha, y si el apelante se refiere a la decisión dictada por este Tribunal el 21 de Marzo de 2011, se le hace saber que en fecha 25 de abril de 2011 presentó escrito mediante el cual insistió en el decreto de la medida, siendo que el Tribunal en fecha 28 de Abril de 2011, mediante auto que corre inserto en el folio seis (6) del cuaderno de medidas, le señaló que el procedimiento a seguir era de impugnar la decisión (apelar), motivo por el cual le fue negado lo solicitado. Por los motivos antes expresados, se niega a oír la apelación.
El Juez Provisorio
Abg. FREDDY ALEJANDRO PERNÍA CANDIALES
La Secretaria
Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO
Norfa Neira
Asistente