REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 24 de Marzo de 2011
Años: 200º y 152º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 873-2011, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el ciudadano NEPTALÍ JESÚS LOYO NEDAL; asistido por la Abogado HAYLID SANGRONIS QUERO, Inpreabogado N° 74.453. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana XIOMARA AURORA NEDAL GUILLEN, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-9.504.256, residenciada en la en la Calle Churuguara, casa N° 41-A103, Parroquia Santa Ana, Municipio Miranda en la ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Primero (01) de Enero de 2011, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 49 extendida en fecha 25/01/2011 por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, la cual riela al folio Seis (06) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO: a su hijo ciudadano NEPTALÍ JESÚS LOYO NEDAL, venezolano, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón y titular de las cédula de identidad N° V-20.295.968. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Veinticuatro (24) días del mes de MARZO de 2011. Entréguese el presente original a los interesados. Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación. FC
La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta
SOL. 873