REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro: 09 de MARZO de 2011
Años: 200º Y 151º
Vista la solicitud de Justificativo Judicial de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, signada con el Nro. 861, presentada por los ciudadanos ELY RAFAEL REYES PEREIRA, ELIZABETH MARGARITA REYES DE OLIVIERI Y ELEYDA MARIA REYES PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.753.600, 7.529.196 Y 9.580.497, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, actuando como apoderado judicial el abogado ANTONIO ORTIZ NAVARRO, Inpreabogado Nro. 67.754, de este mismo domicilio, visto y examinado los recaudos que acompañan a la presente solicitud: acta de defunción, actas de Nacimiento, copia de las cedula de identidad de la solicitante de autos y evacuado los testigos como ha sido el mismo por ante este Despacho. Este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39 - 152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el (la) ciudadano (a): ABDON JESUS REYES REYES, falleció Ab-intestato en fecha: EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2010, y DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en su condición de HIJOS, a los ciudadanos (as): ELY RAFAEL REYES PEREIRA, ELIZABETH MARGARITA REYES DE OLIVIERI Y ELEYDA MARIA REYES PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.753.600, 7.529.196 Y 9.580.497, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, a los NUEVE (09) día del mes MARZO de 2011. CUMPLASE y déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal. Lcda. Adriana Oduber
La Juez Titular. La Secretaria Titular.
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta.
Nota: En la fecha UP - Supra se publicó la presente sentencia, siendo las 11:00 de la mañana. Conste.
La Secretaria Titular.
Abg. Mariela Revilla Acosta.
SOL. 861