REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA Y DABAJURO.
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Capatárida: 15 de Marzo de 2011.
Años: 200° Y 152°

Vista la anterior Solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la Ciudadana: GREGORIA ANTONIA NAVARRO GUTIERREZ, sin identificación alguna, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio RAMONA SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.649 y recibida en este Despacho en Secretaría en fecha 11-11-2010 procedente del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, quien declinó la competencia ante este Despacho. Désele entrada. Numérese. Este Tribunal observa que la presente Solicitud, está fundamentada en el Artículo 501 el Código Civil venezolano, el cual no está vigente en las Leyes Venezolanas, por lo que este Juzgado de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ADMITE la referida solicitud.
Regístrese y publíquese.
EL JUEZ TEMPORAL:

ABG. JOSÉ LUÍS YZQUIERDO.

LA SECRETARIA:

NANCY RISCOS DE NAVA.


Nota: En la misma fecha se anotó bajo el Nro. 264-11 y se registró la anterior decisión bajo el Nro. 1.-
LA SECRETARIA:

NANCY RISCOS DE NAVA.