REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 14/10/2011 se le da entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 02 folios útiles, remitido mediante Oficio N° 736-2011 de fecha 14/10/2011, librada en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), seguida por el Abg. CESAR ROMERO MORALES, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.083, Apoderado Judicial del ciudadano DOMINGO MALDONADO, en contra de la cooperativa “LOS CUMAREBEROS”y en el que se Decretó la Ejecución Forzosa de la sentencia dictada en fecha 11/10/2011, la cual quedó ejecutoriada, para su fiel y estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 19/03/2012 se dicta auto mediante el cual Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido noventa (90) días continuos de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 14/10/2011, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada y tampoco proveyó a este Ejecutor de los emolumentos necesarios para la reproducción fotostática del referido Despacho; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen. En la misma fecha se libro oficio Nro. 090/2012 remitiendola al cmitente, sin cumplir con 5 folios utiles.