En el día de despacho de hoy, 03 de marzo del año dos mil once (2011), siendo las 9:00 a.m., oportunidad legal fijada y a señalamiento de los abogados Carmen Luisa Caldera y Edwin Alexander Perea, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.61.013 y 158.639, actuando en su condición de apoderados judiciales de la ciudadana Silvia María Velasco, parte demandante en el juicio por Partición y Liquidación de lña Comunidad Concubinaria seguido en contra del ciudadano José Dolores Gutiérrez, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en la sede de la entidad bancaria Banco Provincial, ubicada en el Edificio Super San, Avenida Jacinto Lara de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, con el objeto de proceder a la practica de la medida de embargo emanada del Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Seguidamente el Tribunal Ejecutor, notifica de su misión al ciudadano Will José Sánchez Pernía, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-7.574.275, en su condición de Gerente Administrativo de dicha oficina. Es todo. En este estado, interviene el apoderado actor y expone: Solicito al Tribunal proceda a instar al notificado a informar si el demandado de autos es el titular de la cuenta de ahorros N° 0108-0523-63-0100018954 y cuánto posee a la fecha. Es todo. En este estado, el Tribunal insta la notificado a informarle sobre lo solicitado por la parte actora. Es todo. En este estado, interviene el notificado y expone: La cuenta señalada por el actor si pertenece al demandado, ciudadano José Dolores Gutiérrez, y posee a la fecha la cantidad de Bs.575,84. Estodo. En este estado, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Républica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO EL 50% DE LA CANTIDAD EXISTENTE EN LA CUENTA MENCIONADA, ES DECIR, LA CANTIDAD DE Bs. 287,92; y para su resguardo se designa como Depositario Judicial de dicha cantidad a la entidad bancaria BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A.. Asimismo, en este acto se insta al notificado a emitir un cheque de gerencia por la cantidad embargada a nombre del Juzgado Comitente. Es todo. En este estado, interviene el notificado y expone: Consigno Cheque de Gerencia N° 00119265, por la cantidad de Bs. 287,92, girado en contra del Banco Provincial y de esta misma fecha, a favor del Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Es todo. En este estado, el Tribunal visto el cheque de gerencia consignado acuerda agregarlo a las presentes actuaciones; y habiendo cumplido con el motivo de su misión en esta entidad bancaria acuerda su retiro del sitio y su reconstitución a su sede natural siendo las 10:35 a.m. Es todo. Terminó, se leyó y firman conformes…
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