Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
Ejecución y Régimen Transitorio
Caracas, treinta y uno (31) de marzo de dos mil once (2011)
200° y 151º
ASUNTO: AP51-J-2011-004350
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSÉ JOAQUIN PAZ STUARD, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.159.775, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio CRUZ MARIELA MEJIA LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 97.035, mediante la cual requiere que se le nombre un CURADOR a su hijo, el niño (Se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), en virtud que contraerá próximamente matrimonio civil, en consecuencia, una vez revisados los recaudos que acompañan el escrito y visto el contenido del acta que antecede, de la cual se evidencia la aceptación y juramentación del referido cargo por parte de la ciudadana MARIA EMILIA SOLIS DE VIRALTA, de nacionalidad española, mayor de edad, de estado civil casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. E-1.026.693, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en virtud que el niño posee bienes de fortuna, y por tanto aplica lo establecido en el artículo 270 del Código Civil Venezolano, acuerda DISCERNIR en la persona de la ciudadana anteriormente identificada, el cargo de CURADORA ESPECIAL del niño (Se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), con todas las consecuencias legales inherentes al mismo, y así se decide expresamente.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que se requieran, y remítanse mediante oficio a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, a los fines de que sean entregadas a la parte interesada, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
El Juez,
Fdo.
Abg. Jorge Gustavo Mirabal.
La Secretaria,
Fdo.
Abg. Lucy Pedroza.
JGM/LP/Salvador Mata*
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