REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 09 de marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2002-001439
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, este Tribunal vista la diligencia de fecha 03/03/2011, emanado de la Fundación de Acción Social de la Alcaldía de Caracas, mediante la cual solicita la reinserción del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de quince (15) años de edad, a su familia de origen. En consecuencia, este Tribunal acuerda la reintegración del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, a su hogar de origen bajo el cuidado de su progenitora ciudadana NAYIBET BURGOS, titular de la cédula de identidad Nº V-22.748.865, por lo que se acuerda oficiar a la Entidad de Atención “Mi Araguaney” a los fines de indicarle sobre el egreso de la adolescente y de conformidad con lo establecido en el artículo 397-D de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se sirva realizar INFORME DE SEGUIMIENTO, al grupo familiar de la ciudadana NAYIBET BURGOS, e incluir a esta familia en un programa de fortalecimiento familiar que estime conveniente. Asimismo, en aras de garantizar el interés superior de la adolescente, que le asegure su desarrollo integral esta Juzgadora le indica a la madre, que deberán seguir las recomendaciones realizadas por la Trabajadora Social de la Entidad en el programa de Fortalecimiento Familiar de la Alcaldía de Caracas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, Firmada y Sellada en el Despacho Judicial del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los nueve (09) días del mes de marzo del año dos mil once (2011). Años: 200° y 152°.
LA JUEZA,
DRA. DANIA RAMIREZ CONTRERAS El SECRETARIO
ABG. HENRY SUAREZ
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión previo el anuncio de ley.
El SECRETARIO
ABG. HENRY SUAREZ
ASUNTO: AP51-V-2002-001439
DRC/HS/isaias
|