REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE










REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN,
BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN CHURUGUARA, 26 DE MAYO DE 2011.-
AÑOS: 200º Y 152º

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: VICTOR CRISTOBAL JIMENEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión Ingeniero, domiciliado en Valencia Estado Carabobo y con residencia en esta localidad de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón; titular de las cédula de identidad N° V- 4.724.979, debidamente asistido en este acto por el abogado en Ejercicio AMIR MAHMUD, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 38.208, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros. En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 937, del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de VICTOR JOSE GIMENEZ CHIRINOS, (DIFUNTO) quien era venezolano, mayor de edad, soltero, cuyo domicilio fue Churuguara, quien era titular de la cédula de identidad N° V- 422.437; Al ciudadano: VICTOR CRISTOBAL JIMENEZ SANCHEZ , Entréguesele el presente original a el interesado, fórmese expediente con la copia certificada de la solicitud, los recaudos y el presente auto para el archivo del Tribunal, autorizándose a la Secretaria Acc ciudadana MAGDELIS TORRES, titular de la cédula de Identidad N° V- 5.260.324, para la certificación de las copias de conformidad con lo previsto en el articulo 112, del código de Procedimiento Civil. La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho de este Tribunal a los VEINTISEIS (26) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL ONCE. (26-05-2011).-
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ DIAZ.
LA SECRETARIA ACC.
MAGDELIS TORRES.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA ACC.
MAGDELIS TORRES.