REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 04 DE MAYO DEL 2011.-
AÑOS: 200º Y 152º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: MERCEDES JIMENEZ DE LEDEZMA, titular de la cédula de identidad N° V-3.099.988, Venezolana, Casada, Domiciliada en la Calle Pedro León Torres entre Sucre y Urdaneta de la Población de Santa Cruz de Bucaral Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada en Ejercicio: DANIELLA RAMIREZ HURTADO, debidamente inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 133.640, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: MERCEDES JIMENEZ DE LEDEZMA, sobre unas Bienhechurias enclavadas en terrenos Municipales, las mismas se encuentran ubicadas en la calle Pedro León Torres con Calle Sucre y Urdaneta de la Población Santa Cruz de Bucaral Parroquia Santa Cruz de Bucaral del Municipio Unión del Estado Falcón, constante de una (01) casa de habitación dividida en; Tres (03) habitaciones, Una (01) sala de baño, Una (01) sala comedor, Un (01) Porche en la parte de adelante y Un (01) porche en la parte posterior de la vivienda, Una (01) cocina, Un (01) Deposito, así como también siembra de árboles frutales, una (01) cerca. Dichas bienhechurias se encuentran dentro de una superficie de terreno de: MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO con SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.594.75 Mts2) Y una superficie de construcción de SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADO con OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (755,85 Mts2) el cual tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con Terreno y Bienhechurias de Henrry Pulgar.
SUR: Con Terreno y Bienhechurias de Marcos Higuera y Corina Ledezma.
ESTE: Con frente a la Calle Pedro León Torres.
OESTE: Con Terreno y Bienhechurias Alejandro Salas y Maria de Schotborgh.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bsf 80.000,00,)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado De Los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los Cuatro días del mes de Mayo del dos mil once. (04-05-2011.) Años 200° y 152°.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ DIAZ.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JOSE DANIEL CASTILLO.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JOSE DANIEL CASTILLO.-