REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE
…PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, nueve de mayo de dos mil once.-----------------------
Años: 201° y 151°
Por recibido escrito que antecede, contentivo de solicitud de Separación de Cuerpos por mutuo acuerdo, désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente. Por cuanto el día de hoy comparecen por ante este Tribunal los solicitantes, ciudadanos ISMAEL JESÚS MORALES COCHO y GLENYS CLARITZA MONTES UGARTE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-15.458.341 y 17.925.706, respectivamente, domiciliados el primero en la Población de Yaracal, Vía Las Colonias de Araurima, Casa N° S/N, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón y la segunda en la misma Población de Yaracal, Sector Colinas de Yaracal, Calle en proyecto, Casa N° S/N, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón debidamente asistidos por la abogada SORAYA EMILIA SANCHEZ RODRIGUEZ, INPREABOGADO N° 86.616, se dio lectura en alta voz al escrito presentado en esta misma fecha, a cuyo término los cónyuges manifestaron estar de acuerdo con su contenido. A continuación la ciudadana Juez instó a los cónyuges a reconciliarse, manifestando los mismos no estar dispuestos a ello, por lo que el Tribunal los declara SEPARADOS DE CUERPOS Y DE BIENES. De conformidad con lo establecido en el articulo 196 del Código Civil, se ordena la notificación del Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a fin de que comparezca por ante este Tribunal a exponer lo que considere conveniente en este asunto. Expídanse tres (3) copias fotostáticas certificadas de la solicitud y del presente auto. Cúmplase.--------------------------------------------------------
La Juez Provisorio,
Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO
Los….
…Cónyuges,
ISMAEL JESÚS MORALES COCHO
GLENYS CLARITZA MONTES UGARTE
La Abogada Asistente,
SORAYA EMILIA SANCHEZ RODRIGUEZ
La Secretaria,
ANA MONTERO ARTEAGA
NOTA: En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 166-2011. Se libró Boleta de Notificación y se expidieron copias fotostáticas certificadas. Conste.--------------------------------------------------
Secretaría,