En el día de despacho de hoy, veinticinco (25) de mayo del año dos mil once (2011), siendo las 9:00 a.m., oportunidad legal fijada y a señalamiento de la abogada en ejercicio Norys Carrasquero, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24363, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Carmen Josefina Pulgar, parte demandante en el juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento seguido en contra de la ciudadana Vianne Gisela Yanez Molina, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en un inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la Calle Girardot entre calles México y Paraguay de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, donde funciona la Sociedad Mercantil Patio Blanco, C.A., con el objeto de proceder a la practica de la medida preventiva de secuestro del inmueble donde nos encontramos constituidos, dicha medida es emanada del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Seguidamente el Tribunal Ejecutor, notifica de su misión a la ciudadana Vianne Gisela Yanez Molina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-15.385.699, en su condición de demandada en la causa origen de esta comisión, quien debidamente asistida por la Abg. Rogmary Chirinos, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 114.926, exponen: Nos oponemos a la ejecución de la presente medida y acudiremos al tribunal de la causa a los fines de consignar todas las pruebas pertinentes en la búsqueda de la verdad. Es todo. En este estado, interviene la apoderada actora y expone: Insisto en la ejecución de la medida a que se contrae la presente comisión. Es todo. En este estado, este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Républica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la Calle Girardot entre calles México y Paraguay de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, donde funciona la Sociedad Mercantil Patio Blanco; y para su resguardo se designa como Depositaria Judicial a la ciudadana Carmen Pulgar de Pulgar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.178.262, en su condición de propietaria de dicho inmueble, quedando afectado el mismo para responder al arrendatario si hubiere lugar a ello9; tal designación fue ordenada por el Comitente, y quien estando presente aceptó el cargo designado y jura cumplir con los deberes inherentes al mismo y lo recibe en este acto totalmente desocupado y en el estado en que se encuentra. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor habiendo cumplido su misión, acuerda devolver la presente comisión al juzgado de la causa y su reconstitución a su sede natural siendo las 3:20 p.m. Es todo. Terminó, se leyó y firman conformes…
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