REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: VEINTICUATRO (24) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)
AÑOS: 199º y 151º
EXP. Nº 10240.-

Este Tribunal, vista la diligencia de fecha 18 de noviembre de 2011, realizada por el Abogado EDGAR GARCIA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana ANA ISABEL MAVAREZ DE GARCIA, así como el Abogado ELIECER CASTILLO HERNANDEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de los demandados, según se evidencia de instrumento poder otorgado por ante la Notaria Publica de Coro, estado Falcón, en fecha 25-10-2011, bajo el Nº 11, Tomo 175, en el cual de común acuerdo, y de conformidad con el artículo 202, en su parágrafo segundo del Código de Procedimiento Civil, solicitan se suspenda la causa por un lapso de treinta (30) días de despacho, contados a partir de la diligencia, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, acuerda proveer de conformidad. En consecuencia, éste Tribunal Homologa lo solicitado por las partes en la presente causa y acuerda la suspensión de la causa por un lapso de treinta (30) días de despacho, contados a partir del día 18 de noviembre de 2011. ASI QUEDA ESTABLECIDO.
EL JUEZ TEMPORAL:

ABG: EDUARDO YUGURI P.
LA SECRETARIA ACC:

ABG. DAMELIS CHIRINO.
Nota: En la misma fecha se público la anterior decisión siendo las 10:00 a.m, previo el anuncio de Ley, quedando anotado bajo el N° 142 en el libro de Sentencias. Conste.
LA SECRETARIA ACC:

ABG. DAMELIS CHIRINO.