REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 10 de Noviembre de 2011
Años: 200º y 152º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 736-2010, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana EUSCALYS VERÓNICA CHIRINO CHIRINO; actuando en nombre y representación de los ciudadanos: CARMEN YANETH CHIRINO de DÍAZ, SHIRLY MERCEDES CHIRINO CHIRINOS y HELLY ANTONIO CHIRINO CHIRINOS; según consta en Poder debidamente autenticado en fecha 30/09/2010, ante la Notaría Pública de Coro, inserto bajo el N° 16, Tomo 139 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaria; asistido (a) por el (la) Abogado POLIVIO RAMÓN COLINA CAGUAO, Inpreabogado N° 154.377. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana MARÍA MERCEDES CHIRINO, era Obrera, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.674.115, residenciada en la Urbanización Cruz Verde, Calle 17, casa N° 12, en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Veinte (20) de Julio de 2010, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 136, extendida en fecha 27/07/2010, por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a sus hijos ciudadanos: EUSCALYS VERÓNICA CHIRINO CHIRINO, CARMEN YANETH CHIRINO de DÍAZ, SHIRLY MERCEDES CHIRINO CHIRINOS y HELLY ANTONIO CHIRINO CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.176.657, V-10.706.666, V-10.707.662 y V-10.707.663, respectivamente. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Diez (10) días del mes de Noviembre de 2011. Entréguese el presente original a los interesados y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación. FC

La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta



SOL. 736