REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 02 DE NOVIEMBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: CARLOS JAVIER RAMIREZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.026.837, soltero, Comerciante, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Calle Comercio de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, asistido por la abogada en ejercicio DANIELLA RAMIREZ HURTADO, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 133.640, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.520.244, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: CARLOS JAVIER RAMIREZ, sobre: una bienhechurias constante de: Un (1) Local Comercial, dividido de la siguiente manera una (1) tasca, dos (2) sala de baño en la parte de arriba, una (1) cocina para uso de restaurante, una (1) pista de baile, dos(2) sala de baño en la parte posterior, un(1) galpón, una(1) cerca construida de bloques de cemento, dichas bienhechurias están construidas con bloques de cemento, pisos de cemento, techo de zinc y cielo raso, Consta de puertas de madera y ventanas de hierro con madera. Dichas bienhechurias se encuentran dentro un perímetro de construcción CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (456 Mts2) Propiedad de la Municipalidad. Ubicado en la Calle Comercio, Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con Casa que fue o es de Miguel Roberti.
SUR: Calle Comercio.
ESTE: Con Casa que fue o es de Miguel Roberti.
OESTE: Con Casa que fue o es de Elita Castillo.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: NOVENTA MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (BsF. 90.000,00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DOS (02) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL ONCE. (02-11-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.

EL JUEZ.
ABOG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.