REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 02 DE NOVIEMBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ADRIANA MORILLO DE SIRA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-4.638.217, venezolana, mayor de edad, casada, oficio del hogar, domiciliada en la Población de la Mamita, Sector el Real, Parroquia Mapararí del Municipio Federación del Estado Falcón, asistida por el abogado en ejercicio JAVIER MONTAÑEZ, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 157.456, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.295.680, con domicilio procesal en la calle Municipal entre San Rafael y San Antonio, Sector la Planta, de esta población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana ADRIANA MORILLO DE SIRA, sobre: unas bienhechurias constante de: una cerca de SEIS (6) pelos de alambre de púas y estantillos de madera tipo Cumarica y Vera en todo el entorno de la parcela, dos laguna artificial tipo represa, una al Noroeste y la otra al Sureste de la misma Finca denominada La MAMITA y las mismas se encuentran en una superficie de terrenos Municipales que mide SESENTA HECTAREAS ( 60 Has ), ubicada en el Sector el Real, Parroquia Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, la cual tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con terrenos del Instituto Nacional de Tierras (INTI).
SUR: Con Finca de Jesús Morón.
ESTE: Con Finca de Habrahan Morón.
OESTE: Con Finca de Yolanda Morón.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: TRECIENTO MIL BOLIVARES FUERTES (300.000, BsF.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DOS (02) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL ONCE. (02-11-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.

EL JUEZ.

ABOG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.