REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 28 DE NOVIEMBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: ANGEL FELIPE LOPEZ SALAZAR, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.880.326, venezolano, mayor de edad, soltero, oficio productor agropecuario, domiciliado en la Parroquia el Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, asistido por la abogada en ejercicio YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.563.203, domiciliado, en la Calle Bolívar, casa N° 36 de la Parroquia Santa Cruz de bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 131.474, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: ANGEL FELIPE LOPEZ SALAZAR, sobre: una bienhechurias constante de: Dos (2) viviendas unifamiliares la primera de CIENTO VEINTE METROS CUADRADO (120 MTS2), la segunda de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2), un (1) patio de concreto, una (1) represa, cultivo de café, cambur, aguacate y pasto artificial, cercado perimetralmente por sus cuatro costado con estantillos de madera sostenidos con cinco hilos de alambre púa. Enclavada en una porción de terreno municipal, según levantamiento planimétrico actual consta de VEINTICUATRO HECTAREAS CON SEIS MIL SETECIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS (24 HAS +6716 MTS2) ubicados en el Sector el Torito, Parroquia el Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con Propiedad de José Gregorio Rodríguez.
SUR: Con Propiedad de Elpidio Alvarado.
ESTE: Con terrenos de mi Propiedad, Vía el Torito- Vía los Palmiches.
OESTE: Con Vía el Torito.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTIOCHO (28) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL ONCE. (28-11-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.