REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 03 DE NOVIEMBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: BENITA DEL CARMEN GARCIA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.494.723, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, domiciliada en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida por el abogado en ejercicio JESUS GILBERTO OLIVARES MONTENEGRO, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 66911, con domicilio procesal en la calle Monagas N° 25, de esta población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana BENITA DEL CARMEN GARCIA, sobre: unas bienhechurias constante de: Una Cerca de bloque y acondicionamiento de terreno para construir un local comercial y las mismas se encuentran en una superficie de terrenos Municipales que mide DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADO ( 208 MTS2 ), ubicada en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, la cual tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con Posesión Biblioteca Municipal.
SUR: Terreno Municipal.
ESTE: Calle Municipal.
OESTE: Ricardo Bravo.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (40.000, BsF.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TRES (03) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL ONCE. (03-11-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.

EL JUEZ.

ABOG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.