REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 07/11/2011 se le da entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 30 folios útiles, incluidas Facturas Originales Nº 00001337, 00001381, 00001382 y 00001383, de fechas 27/07/2011, 22/08/2011, 22/09/2011 y 24/10/2011, recibido mediante Oficio Nº 803-2011, de fecha 3/11/2011, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 1068-2011 llevado por ese Juzgado, formulada por La Sociedad Mercantil HUDELMOR C.A, asistido por la Abg. YOLLY CAROLINA OVIOL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.696, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud, para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 11/11/2011 se dicta auto mediante el cual se provee diligencia de fecha 11/11/2011, suscrita por la Abg. YOLLY OVIOL R., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.696, quien actúa con el carácter que consta en autos, constante de un (01) folio útil; este Tribunal realiza la siguiente acotación: PRIMERO: El presente despacho de Inspección Judicial fue recibida en fecha 07 de los corrientes, semana ésta en que el Tribunal por su naturaleza, fijó medidas de embargos las que se materializaron a lo largo de la semana. SEGUNDO: La práctica de la presente Inspección Judicial se planificó para el día 22 del mes y año que discurre en agenda interna que lleva este Tribunal, por ser la fecha más cercana y estar disponible, toda vez que la semana próxima están previamente fijadas por autos, la práctica de otras Inspecciones comisionadas por el Tribunal Tercero de este Municipio, así como del Tribunal Segundo de este Municipio. TERCERO: En virtud de la exposición de la diligenciante, quien solicita la devolución de las presentes actuaciones contenidas en la solicitud de Inspección Judicial, al Tribunal Comitente, en virtud de la necesidad urgente de que la misma se practique de manera inmediata, esto a los fines de prevenir daños patrimoniales a su representada; en consecuencia, este Tribunal provee de conformidad y ordena la remisión del presente Despacho en el estado en que se encuentra, al Tribunal Comitente.

En la misma fecha tal como se ordenó, se remitió mediante oficio Nº 254-2.011 al Tribunal comitente constante de 34 folios utiles.