REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA


En fec ha 29/07/2011 se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 01 folio útil, recibido mediante Oficio Nº 2510-334, de fecha 12/07/2011, relacionado con el Expediente N° 2459-11; librado en el Juicio de INTIMACIÓN por COBRO DE BOLÍVARES, intentado por los Abg. MANUEL URBINA, MARÍA C. GARCÍA Y CÉSAR D. GARCÍA inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 60.195, 113.397 y 11.741, respectivamente, Apoderados Judiciales del demandante en contra de la EMPRESA INVERSIONES GEMICA, C.A. y en el que se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes Muebles propiedad de la Parte Demandada de autos. Désele entrada para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 25/11/2011 se dicta auto mediante el cual por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 29/07/2011, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada y tampoco proveyó a este Ejecutor de los emolumentos necesarios para la reproducción fotostática del referido Despacho; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen. en la misma fecha tal como se ordenó, se remitió mediante oficio Nº 272-2.011 al Tribunal Comitente constante de 4 folios utiles.