REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 25 DE OCTUBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana: DULCE MARIA GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.557.796, venezolana, mayor de edad, soltera, ama de casa, Domiciliada en la Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, asistido por la abogada en ejercicio YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.563.203, domiciliado, en la Calle Bolívar, casa N° 36 de la Parroquia Santa Cruz de bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 131.474, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: DULCE MARIA GONZALEZ, sobre: una bienhechurias constante de: Una (01) Casa, la que posee Dos (02) cuartos, sala, (01) un baño, cocina, techo de zinc y paredes de bloque.- Dichas bienhechurias se encuentran en terrenos Municipales en una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS (243,75 Mts2), ubicados en el Sector La Danta, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con Propiedad de Aura de García.
SUR: Con Vía Santa Cruz – El Charal.
ESTE: Con Propiedad de Fanny González
OESTE: Con Propiedad de Benicio Navea.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45. 000.00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTICINCO (25) DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL ONCE. (25-10-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.