República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 10 de Octubre de 2011
Años: 201° y 152°
Expediente No. 462-11
Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD
Solicitante: MARÍA AURORA CORDERO PEREIRA.
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana MARÍA AURORA CORDERO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-2.821.343; domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio JUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N°-V-15.312.004; e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963; de igual domicilio; mediante la cual solicita Titulo Supletorio de propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, construida con paredes de bloques, pisos de cerámica, techo acerolit, compuesta de: un (01) porche de platabanda, una (01) sala -comedor, tres (03) cuartos con closet, una (01) cocina revestida con mesones de cerámica, tres (03) salas de baño revestida con cerámica, Un (01) garaje cercado de bloques, tinglado cercado con rejas. Con un área de construcción de aproximadamente de Catorce Metros (14 Mts) de ancho por Catorce Metros (14 Mts) de largo, para un área total de construcción de Ciento Noventa y seis Metros Cuadrados (196 Mtrs2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: Catorce Metros (14 Mts.) de largo por Veinticinco Metros (25 Mts) de ancho, para una superficie total de Trescientos Cincuenta Metros cuadrados (350 Mts2), ubicada en el sector Pueblo Viejo de esta población de Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno de Annaris Cordero; SUR: Vía Publica; ESTE: Terreno de Andrys Soto y OESTE: Casa de Domingo Palencia. Visto igualmente las resultas del oficio N° 00043 de fecha cuatro (04) de octubre de dos mil once (2011), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos DOMINGO ANTONIO PALENCIA y JORGE RAFAEL CRESPO BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V- 3.761.050 y V-6.620.057 respectivamente, domiciliados en esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio de la Titula Judicial Efectiva, contenido en el Articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastantes y Suficientes dichas actuaciones, para Asegurarle su Derecho de Propiedad sobre la Referida Vivienda, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de Ciento Ochenta Mil Bolívares (Bs. 180.000.00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana MARÍA AURORA CORDERO PEREIRA, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante MARÍA AURORA CORDERO PEREIRA. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los Diez (10) días del mes de Octubre de Dos Mil Once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
En la misma fecha de hoy, 10/10/2011, siendo las 10:00 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.276 -11. Conste.-
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
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