República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 10 de octubre de 2011
Años: 201° y 152°
Expediente No. 465-11
Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD
Solicitante: ELISABETH COROMOTO CORDERO PIÑERO.
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana ELISABETH COROMOTO CORDERO PIÑERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-7.836.434; domiciliada en Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio ALY CHIRINOS, titular de la cedula de identidad personal N°-V-15.068.218; e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 121.859; de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, con paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, constituida por cuatro (04) habitaciones, una (01) salas de baño, una (01) cocina, una (01) sala-comedor, un (01) estacionamiento, techado de zinc y piso de cemento, un (01) portón de hierro y ventanas de vidrio con protección de hierro, en un área de construcción de aproximadamente de SEIS (6 Mts) METROS DE ANCHO por QUINCE (15 Mts) METROS DE LARGO para un área total de NOVENTA (90 Mtrs2) METROS CUADRADOS, construida sobre una parcela de terreno ejido Municipal cuyas medidas son: VEINTE METROS (20 Mts) DE ANCHO por TREINTA METROS (30Mts) DE LARGO, para una superficie total de SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600 Mts2), ubicada en el sector Las Mercedes de esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa de Felipe Zavala; SUR: Casa de Elizabeth Cordero; ESTE: Casa de José del Carmen Fuguet, con vía pública de por medio y OESTE: Casa de Luís Castilla. Visto igualmente las resultas del oficio N°00042 de fecha treinta (30) de septiembre de dos mil once (2011), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos JAVIER RAMÓN CHIRINOS RODRIGUEZ Y DULCE MARÍA BERTIZ CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V- 14.846.353 y -V-12.586.696 respectivamente, domiciliados en esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud; Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de Conformidad con lo Previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Mientras no Haya Oposición en Contrario y Dejando a Salvo los Derechos que Puedan Corresponder a Terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastantes y Suficientes dichas actuaciones, para Asegurarle su Derecho de Propiedad sobre la Referida Vivienda, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000.00), sin considerar el terreno, los cuales fueron cancelados por la ciudadana ELISABETH COROMOTO CORDERO PIÑERO, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante ELISABETH COROMOTO CORDERO PIÑERO. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los diez (10) días del mes de octubre de dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
En la misma fecha de hoy, 10/10/2011, siendo las 10:20 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.278 -11. Conste.-
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
|