REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 28/09/2011 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 04 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, recibido mediante Oficio Nº 690-2011, de fecha 22/09/2011, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 1040-2011 llevado por ese Juzgado, formulada por los Abogados JUAN ALEXANDER VELÁSQUEZ., CARMEN CECILIA BURGOS LOAIZA y YESSICA LORENA GARCÍA GÓMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 167.069, 104.555 y 169.697, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Cooperativa “ LA CIMA DEL CIELO 599 R.L”, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud, para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado
En fecha30/09/2011 se dictaq auto mediante el cual se provee diligencia de fecha 28/09/2011 y pedimento contenido, suscrita por el Abg. JUAN ALEXANDER VELÁSQUEZ., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el números 167.069, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Cooperativa “La Cima del Cielo 599 R.L”, constante de un (01) folio útil. En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en la sede de la Cooperativa “La Cima del Cielo 599 R.L”, ubicada en la Calle Comercio, entre Calles Garcés y Buchivacoa, casa Nº 24, Sector Pantano Centro de esta ciudad de Santa Ana de Coro del Municipio Miranda de estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la práctica de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 04/10/2011, a las 9:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 04/10/2011 se levanta Acta mediante la cual se traslada y constituye este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en un bien inmueble Local comercial donde funciona la Posada Turística “La Cima del Cielo 599 R.L., ubicado en la Calle Comercio entre Calles Garcés y Buchivacoa, Sector Pantano Centro de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, a solicitud del Abg. JUAN ALEXANDER VELÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 167.069, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Cooperativa “ LA CIMA DEL CIELO 599 R.L”, oportunidad fijada por este Ejecutor, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al axhorto emanado del comitente. Encontrándose este Tribunal constituido en el citado inmueble, se procedió a notificar la ciudadana EVA MARÍA FORNERINO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, portador de la cédula de identidad número 14.168.782, en su carácter de Encargada de la referida Posada, a quien se le impuso de la misión encomendada a este Tribunal previa lectura del Despacho de Exhorto por la Jueza Ejecutora de Medidas. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas, procede a designar como Expertos a los ciudadanos Ing. ALIRIO L. PUCHE N. y LUIS JAVIER DÍAZ TOLLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-1.056.220 y V-25.613.764, respectivamente, Ingeniero Civil y Fotógrafo, en ese mismo orden, quienes estando presentes y tomado el juramento de ley, juran cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para los cuales han sido designados; seguidamente se procedio a realizar la referida inspeccion en los terminos solicitados y se dejo constancia de ello.
En fecha 14/10/2011 se dicta auto mediante el cual se recibe escrito del ciudadano Luis J. Diaz T. fotografo designado, y mediante el cual consigna 35 fotografias y su negativo en CD, se agregan a la presente comision.
En la misma fecha se libro Oficio Nro. 220/2011 remitiendo las resultas de la presente Inspeccion al tribunal comitente, constante de 18 folios utiles, debidamente cumplida.
.