REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, Domingo Veintitrés (23) de Octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-003369
ASUNTO : IP11-P-2011-003369
AUTO MOTIVANDO LIBERTAD PLENA.-
Desarrollada como fuera la audiencia celebrada en la presente fecha de la referida audiencia oral, mediante la cual al Representación Fiscal Nº XVI del Ministerio Publico, Abog. María Eugenia Dugarte, expuso: “solicito se decrete la libertad plena del ciudadano FELIX ALBERTO ANSELMI OLIVARES, de conformidad con lo previsto en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y 8, 9 y 243 del COPP, por cuanto de las actas que acompaña el Ministerio Publico, tales como son el acta policial, no son suficientes elementos de convicción que puedan determinar que el ciudadano se encuentra solicito por algún Tribunal de la República”.
De seguidas la ciudadana Juez prosiguiendo conforme a lo establecido en el articulo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, explicó al ciudadano FELIX ALBERTO ANSELMI OLIVARES , los hechos por los cuales ha sido presentado por ante el Tribunal, y que ésta era la oportunidad para que expusiera lo que creyera pertinente, sin embargo no está obligado a hacerlo, tal y como lo consagra el Artículo 49 en su ordinal 5° de la Constitución, igualmente le explicó los derechos que tiene como imputado. Se le preguntó al imputado si deseaba declarar, manifestando los imputados que no deseaban declarar, por lo cual se les solicitó se identificarán, dijo ser y llamarse el imputado: FELIX ALBERTO ANSELMO OLIVARES, venezolano, nacido en fecha 13-12-77, de 33 años de edad, profesión comerciante, cédula de identidad No. 14.700.945, natural del estado Mérida, domiciliado en Residencias La Humbolt, edificio Los Granados, piso 3, Apartamento 3-12, de Mérida estado Mérida, Teléfono: 0414-7409263, hijo Maria Josefina Olivares y Felix Alberto Anselmi.
De seguida se le concedió el derecho de palabra a la Defensora Publica IV, Abog. Yrene Tremont, quien manifestó lo siguiente: “La defensa se adhiere a la solicitud fiscal y solicita se le decrete la Libertad plena a su defendido, por cuanto el mismo no ha cometido ningún delito, ni se observa que el mismo este requerido por Tribunal alguno,” es todo.
DE LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL
Verificada de las actas que la aprehensión del ciudadano FELIX ALBERTO ANSELMO OLIVARES, no obedece a un requerimiento por parte de un Órgano Jurisdiccional, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 ordinal 1º del Texto Fundamental Constitucional, garantizando a todas luces el principio de la Presunción de Inocencia, Afirmación de la Libertad y Estado de Libertad a que se contraen los Artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a acordarle al ciudadano FELIX ALBERTO ANSELMO OLIVARES, venezolano, nacido en fecha 13-12-77, de 33 años de edad, profesión comerciante, cédula de identidad No. 14.700.945, natural del estado Mérida, domiciliado en Residencias La Humbolt, edificio Los Granados, piso 3, Apartamento 3-12, de Mérida estado Mérida, Teléfono: 0414-7409263, hijo Maria Josefina Olivares y Felix Alberto Anselmi; la LIBERTAD PLENA, de conformidad con el Articulo 44 ordinal 1de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en virtud de ser verificado y corroborado que sobre el mismo, no se encuentra requerido por algún Orgánico Jurisdiccional de la Nación; e igual forma, se insta al referido ciudadano que se trasladara por sus propios medios hasta la ciudad de Mérida, Estado Mérida a los fines de que solvente ante la Fiscalia de Transición respectiva su situación jurídica . Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE PRIMERO: decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano FELIX ALBERTO ANSELMO OLIVARES, venezolano, nacido en fecha 13-12-77, de 33 años de edad, profesión comerciante, cédula de identidad No. 14.700.945, natural del estado Mérida, domiciliado en Residencias La Humbolt, edificio Los Granados, piso 3, Apartamento 3-12, de Mérida estado Mérida, Teléfono: 0414-7409263, hijo Maria Josefina Olivares y Felix Alberto Anselmi, de conformidad con el Articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Quedaron notificadas a las partes intervinientes de la publicación del presente auto. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión, las partes quedaron debidamente notificadas de la presente decisión a las partes. Es todo.----------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL EXTENSION PUNTO FIJO,
ABOG. CLAUDIA RENATA BRACHO PÉREZ
LA SECRTARIA
ABOG. YRAIMA PAZ DE RUBIO.-