REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 24 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-001354
ASUNTO : IP11-P-2007-001354


AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ACUERDA EL CAMBIO
DE SITIO DE RECLUSION

Visto Oficio º 2161-2011, emanado de la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en la Ciudad de Coro, en fecha 07 de Octubre de 2011, en el cual remite a este Despacho, INFORME DE NOVEDAD, recibido de la Sala de Retención Policial de Coro (POLIFALCON) a cargo del Oficial Jefe Raúl Bolanos, donde relata la novedad ocurrida con el detenido JOSE JAIRO MARTINEZ PEÑA, Ex Funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana, en ese Reten Policial a la Orden de este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones Juicio de Punto Fijo, por la presunta Comisión del delito de VIOLACIÓN A ZONA DE SEGURIDAD NACIONAL, ILICITOS CAMBIARIOS Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, por lo que solicita se realice el Cambio de Sitio de Reclusión del Ciudadano JOSE JAIRO MARTINEZ PEÑA, quien es Venezolano, natural de Barinas, Titular de la Cedula de Identidad Nº-V-14.171.944, De Profesión u Oficio: Guardia Nacional, Grado de Instrucción: TSU Anti Drogas, Hijo de José Bernardo Martínez y Angelina Peña de Martínez, y domiciliado en Calle 8, Casa 408, Urbanización Oswaldo Caraballo, Barinas Estado Barinas.


Sobre la base de la solicitud efectuada por parte de la Sala de Retención Policial de Coro (POLIFALCON) a cargo del Oficial Jefe Raúl Bolanos, y en Virtud de que se recibió Oficio Nº 1697, emanado del Centro de Coordinación Policial Nº 2 de Punto Fijo, Estado Falcón a cargo del Comisionado Agregado Licenciado José Alfredo Medina Colina, de fecha 13 de Octubre de 2011, donde informa de las irregularidades presentadas en dicho centro, con los Reclusos que se encuentran retenidos en el mismo y por lo que no están recibiendo Traslados de Reclusos para este Centro; en aras de garantizarle el derecho a la vida, este Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal extensión Punto Fijo, siendo garante de los Derechos Constitucionales. Mediante el presente auto Ordena el CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN y TRASLADO URGENTE con la seguridades del caso desde la SALA DE RETENCIÓN POLICIAL DE CORO (POLIFALCON) del procesado JOSE JAIRO MARTINEZ PEÑA plenamente identificado en autos, hasta la CIUDAD PENITENCIARIA DE CORO, ESTADO FALCÓN, quien quedara recluido a la orden de este Tribunal. Ofíciese lo conducente al traslado del procesado de autos. Notifíquese a las partes del presente auto. Así se decide.-