REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 19 de Septiembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-003048
ASUNTO : IP11-P-2011-003048

AUTO DECRETANDO LIBERTAD SIN RESTRICCIONES

Visto el escrito presentado por el Comisionado Agregado LCDO JOSÉ ALFREDO MEDINA COLINA, en su carácter de Comandante de los Centros de Coordinación Policial Paraguaná, del estado Falcón, en el cual remite diligencias practicadas por los efectivos adscritos a esa unidad bajo su mando, correspondiente a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo la aprehensión del ciudadano(a): JESUS ALFREDO SOTO MENDEZ, C.I.V- 15.141.171, fecha de nacimiento 12/07/1979, de 32 años de edad, natural de Punto Fijo Estado Falcón, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en el Sector Los Rosales, Calle 3 con calle 15, Parroquia Punto Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón escrito al cual se le dio entrada, bajo el Nº IP11-P-2011-003048 y se procedió a verificar en el sistema IURIS200 con el objeto de la debida salvaguarda que merecen sus derechos constitucionales y procesales.
Considera esta Juzgadora que de la revisión de las actuaciones consta que corre inserta al folio 02, de fecha 17 de septiembre de 2011: Acta Policial, suscrita por el OFICIAL JEFE EGLISSLUIS SANCHEZ efectivo adscrito Al Centro de Coordinación Policial N° 2, en la cual dejan constancia de lo siguiente. “…con la finalidad de realizar las respectivas indagaciones del caso, donde fue atendido por el SARGENTO SEGUNDO (GNB) MEDINA FERNANDEZ, quien le informó que el ciudadano en mención se encuentra requerido por el JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN - EXTENSIÓN PUNTO FIJO, POR EL DELITO DE DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICA DE FECHA 23/04/2008, EXPEDIENTE N° IP11-P-2007-1840, SEGÚN MEMO 3422 DE FECHA 02/04/2008 Y NUMERO DE OFICIO 2C-778-08 DE FECHA 27/03/2007…”. Igualmente corre inserta al folio Nº 8, de fecha 17 de septiembre de 2011. Acta de lectura de Derechos del ciudadano(a) JESUS ALFREDO SOTO MENDEZ.
De la revisión del sistema IURIS2000 a la causa seguida en el asunto signado como IP11-P-2007-001840, se pudo constatar que el ciudadano de marras fue condenado a Cumplir una pena de DOS (02) AÑOS Y ONCE (11) MESES de Prisión por la presunta comisión del Delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el parágrafo segundo del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito del Consumo de Estupefacientes y Psicotrópicas, se pudo constatar, igualmente, que el Juez de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, DECRETO LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO el 30 de abril de 2010, y en fecha 08 de julio de 2011 su defensa solicita el sobreseimiento al referido ciudadano por haber concluido el presente asunto penal.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LA LIBERTAD PLENA de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución Nacional al ciudadano JESUS ALFREDO SOTO MENDEZ Asimismo se acuerda librar los oficios correspondientes a fin de ser así excluidos del sistema SIPOL. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Ofíciese lo conducente al Comandante de Centro de Coordinación Policial N° 2, del estado Falcón. A la Fiscalía del Ministerio Público y así se decide.
La Jueza Segunda de Control.
Abg. EVALINA RIVAS
El Secretario.
GREGORY COELLO
En esta misma se cumplió con lo ordenado.
Causa Nº IP11-P-2011-003048