República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón

Mene de Mauroa; 26 de abril de 2012
Años: 201° y 153°

Expediente No. 544-12

Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD

Solicitante: YOSELIN CAROLINA CUICAS GOMEZ
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana YOSELIN CAROLINA CUICAS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-16.707.417, domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio YUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARES, titular de la cedula de identidad personal N°-V-15.312.004; e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963; de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, construida con paredes de bloques, pisos de cemento y techo de zinc, compuesta de: Un (01) porche con techo de platabanda, una (01) sala-comedor, dos (02) cuartos, una (01) sala de baño revestida con cerámica, una (01) cocina revestida con cerámica y un (01) lavadero con techo de zinc y piso de cemento; con un área de construcción de aproximadamente SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS (65,37 Mts2). Construida sobre una parcela de terreno Municipal cuya medida aproximada es: CIENTO QUINCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (115,32 Mts.2) y alinderada de la siguiente manera: NORTE: Mide Diez Metros Con Diez Centímetros (10,10 Mts.) y linda con casa de Graciela Naveda; SUR: Mide Siete Metros con Diez Centímetros (7,10 Mts.) y linda con casa de Laureana Quintero; ESTE: Mide Siete Metros con veinte Centímetros (7,20 Mts.) Perpendicular siguiendo la línea recta Sur y Este mide tres metros (3 Mts.) y perpendicular siguiendo la línea recta Sur y Norte: mide seis metros (6 Mts) y linda con casa que es o fue de Faustino Fernández y OESTE: Mide trece Metros con Setenta Centímetros (13,70 Mts) y linda con casa que es o fue de Faustino Hernández con vía pública de por medio; ubicada en el sector Pueblo Aparte de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón. Visto igualmente las resultas del oficio N°00016 de fecha veintitrés (23) de abril de dos mil doce (2012), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de las testigos ciudadanos YAIGLE MAIKELLY NAVA FERRER y YARIZA RAMONA ROMERO BELTRAN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-13.480.544 y V-12.736.380 respectivamente, domiciliadas en esta población y parroquia Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud; Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de Conformidad con lo Previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Mientras no Haya Oposición en Contrario y Dejando a Salvo los Derechos que Puedan Corresponder a Terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastante y Suficiente dichas actuaciones, para Asegurarle su Derecho de Propiedad sobre la Referida Vivienda, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana YOSELIN CAROLINA CUICAS GOMEZ, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante YOSELIN CAROLINA CUICAS GOMEZ. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los Veinticinco (25) días del mes de abril de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
En la misma fecha de hoy, 25/04/2012, siendo las 9:20 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.359-12. Conste.-
El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.