República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial



Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 26 de abril de 2012
Años: 201° y 153°
Expediente No. 546-12
Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD
Solicitante: ANGELA ANTONIA LOPEZ DE BIRKETT.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana ANGELA ANTONIA LOPEZ DE BIRKETT, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad personal N° V-4.105.487, domiciliada en el sector El Chimborazo de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio BIAJAIRO FERRER MELENDEZ, titular de la cedula de identidad personal N°-V-3.703.261; e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.633, de igual domicilio; mediante la cual solicita Titulo Supletorio de propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, construida con paredes de bloques, pisos de cemento y cerámica y techo de platabanda y zinc, la cual consta de: porche, sala, comedor, cocina, cuatro (04) habitaciones, dos (02) baño, un (01) pasillo y un (01) lavandero; con un área de construcción de aproximadamente DIECISEIS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (16,25 Mts.) DE FRENTE por DIEZ METROS CON TREINTA CENTIMETROS (10,30 Mts.) DE FONDO, la cual se encuentra construida sobre una superficie de terreno municipal cuyas medidas son: VEINTITRES METROS (23 Mts.) DE FRENTE por TREINTA METROS (30 Mts.) DE FONDO y alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa de Manuel Mármol; SUR: Casa de Vualdina Palencia con vía pública de por medio; ESTE: Casa de Zoraida Ysea y OESTE: Casa de carmen Arias. La casa se encuentra ubicada en el sector El Chimborazo de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón. Visto igualmente las resultas del oficio N° 00017 de fecha veintitrés (23) de abril de dos mil doce (2012), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos ERNESTO JESUS MEDINA SANCHEZ y SOLANO SEGUNDO GONZALEZ MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-21.211.434 y V-12.413.294 respectivamente, de igual domicilio, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de Conformidad con lo Previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Mientras no Haya Oposición en Contrario y Dejando a Salvo los Derechos que Puedan Corresponder a Terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastante y Suficiente dichas actuaciones, para Asegurarle su Derecho de Propiedad sobre la Referida Vivienda, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de CIENTOVEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000.00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana ANGELA ANTONIA LOPEZ DE BIRKETT, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante ANGELA ANTONIA LOPEZ DE BIRKETT. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veintiséis (26) días del mes de abril de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.

La Jueza provisoria,

Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.

En la misma fecha de hoy 26/04/2012, siendo la 12:00 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No. 360-12. Conste.-
El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.