REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 09 DE AGOSTO DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: NELSON JOSE GARABAN MOLINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-3.638.832, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión oficio Comerciante, domiciliado en la Parroquia El Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, asistido en este acto por la abogada en ejercicio YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.563.203, domiciliado, en la Calle Bolívar, casa N° 36 de la Parroquia Santa Cruz de bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 131.474, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: NELSON JOSE GARABAN MOLINA, sobre: una bienhechurias constante de: Una (01) Casa la que posee, Tres (03) habitaciones, Un (01) baño, sala estar, cocina, garaje, porche, paredes de bloques, ventanas de vidrio y metal, techo de acerolit. Dichas bienhechurias tiene una extensión superficial de SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (74,68 M2), asentadas sobre un terreno Municipal según levantamiento planimetrito actual constante de QUINIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS ( 550,00 M2), ubicadas en La Vía Los Cañitos, Sector San Gabriel de la Parroquia El Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, situada dentro de los siguientes linderos.
NORTE: Con Propiedad Hermanos Prieto.
SUR: Con Propiedad de Nelly Adjunta.
ESTE: Con Propiedad Hermanos Prieto.
OESTE: Con Vía Principal Los Cañitos.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 110.000,00).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los NUEVE (09) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE. (09-08-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA TIT.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA TIT.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-