REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, seis de agosto de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000750
PARTE NARRATIVA
Visto el escrito presentado por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico del estado Falcón, mediante el cual solicita, se ordene la homologación del convenio contentivo en acta de fecha treinta (30) de julio de 2012, suscrito por los ciudadanos JESSICA MARGARITA ATACHO RODRIGUEZ Y CARLOS DAVID ARIAS ZAVALA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.841.221 y V-18.631.601, respectivamente, por Obligación de Manutención, a favor de los hermanos (SE OMITEN NOMBRES) de dos (02) y tres (03) años de edad.

PARTE MOTIVA
Este Juzgador, considera qué, por cuanto la solicitud no es contraria al Orden Público, ni a las Buenas costumbres, ni a Disposición expresa de Ley alguna, Se Admitió, y por cuanto se cumple con lo preceptuado en el Artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes procede a homologar el presente acuerdo por considerar que el mismo en provechoso al interés superior de los niños y así se decide.

PARTE DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN EXTENSION EN PUNTO FIJO, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada, sin perjuicio de que pueda ser ajustado en beneficio de los niños de conformidad con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano CARLOS DAVID ARIAS ZAVALA, “Se compromete en contribuir y aportar la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00) mensuales por concepto de Obligación de Manutención a favor de sus hijos (SE OMITEN NOMBRES), así mismo aportara la mitad del alquiler de la vivienda donde habiten sus hijos siempre y cuando no exceda de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), mensuales, es decir pagara el cincuenta por ciento (50%) que serían QUNIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), depositándolos en cuenta de ahorro personal de la madre de los niños, ciudadana JESSICA MARGARITA ATACHO RODRIGUEZ, en la entidad Bancaria BOD, en cuotas de TRESCIENTOS CINCUENTA BILIVARES (Bs. 350,00), los quince y últimos de cada mes, en relación a los gastos médicos aportara el cincuenta por ciento (50%) cuando los niños lo requieran, en el mes de Agosto de la misma manera aportara adicional a la mensualidad la cantidad de UN MIL CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 1.150,00) para que se le compre a sus hijos sus uniformes tanto el de diario como el de deporte con sus respectivos calzados y la lista de útiles escolares y en el mes de diciembre aportara de igual forma adicional a la mensualidad la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVAREZ (Bs. 1.500,00) para que se le compre a sus hijos sus dos mudas de ropa una para el 24 Y 31 con sus respectivos calzados, en ocasión a las festividades decembrinas, en relación al juguete de navidad cada uno le comprara a los niños de acuerdo a sus posibilidades económicas, demás gastos extras serán de por mitad. Dichas cantidades será aumentadas anualmente de acuerdo a los índices inflacionarios y tomando en como referencia el salario mínimo mensual que haya establecido el Ejecutivo Nacional.”
SEGUNDO: Así mismo la ciudadana, JESSICA MARGARITA ATACHO RODRIGUEZ, acepta en este mismo acto el ofrecimiento realizado por el padre de sus hijos ciudadano, CARLOS DAVID ARIAS ZAVALA en los términos antes expuestos.

Se autoriza al Secretario de este Despacho para expedir las copias certificadas de esta decisión.
Regístrese, Publíquese y Ejecútese.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón a los seis (06) días del mes de agosto de 2012. Años 202° y 153°.

DRA. JENNY RODRIGUEZ
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO

EN ESTA MISMA FECHA SIENDO LAS 11:30 AM, SE DICTO Y SE PUBLICO LA PRESENTE SENTNCIA


EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO