REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Trece de agosto de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: AP51-V-2011-012968
Revisadas las actas procesales que conforman la presente causa, se observa que en fecha 20/01/2012, se recibió oficio de la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, en el cual informó a este Juzgado el ingreso de la libreta de ahorros N° 4161830, la cual corresponde a la cuenta de ahorros signada bajo el N° 0003-0081-13-0100496180, que se encuentra a nombre de la ciudadana ADRIANA ESTHER PARDO, titular de la cédula de identidad N° V.- 18.358.469, y como titulares especiales los niños SE OMITE LA IDENTIFICACION, este Juzgado a los fines de que pueda ser obtenida la cantidad a la cual el padre de los referidos niños ciudadano CARLOS ABEL CRESPO CORDOVA, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.729.657, se comprometió en fecha 17/01/2012, por ante este Despacho Judicial, en base al interés superior de los niños consagrado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, AUTORIZA a la ciudadana ADRIANA ESTHER PARDO, titular de la cédula de identidad N° V.- 18.358.46, a retirar la libreta de ahorros signada bajo el N° 4161830 y a movilizar libremente la cuenta de ahorros N° 0003-0081-13-0100496180, del Banco Industrial de Venezuela, que se encuentra a nombre de sus hijos los niños SE OMITE LA IDENTIFICACION, para lo cual se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C) de este Circuito Judicial, a fin de que haga las diligencia correspondientes y de cumplimiento a lo aquí ordenado. Igualmente se ordena la certificación de un (01) juego de copias de la totalidad de la presente causa, a los fines de que sean entregadas a la Fiscal Encarga Nonagésima Primera (91°) Abg. DORIS SANTIAGO, para lo cual se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a los fines de que haga la entrega de las referidas copias. Líbrese lo que corresponda. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA
EL SECRETARIO
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
ABG. IVAN CEDEÑO
AP51-V-2011-012968