REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 02 de Agosto de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2012-003327
ASUNTO : IP11-P-2012-003327
Visto el escrito de revisión de medida y archivo de las actuaciones presentado por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público ABG. CARLOS COLMENARES, en fecha 01/08/2012; en la causa seguida en contra del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ, mediante el cual solicita la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, Previsto y sancionado en el artículo 259 de la LOPPNA con el agravante del artículo 217 ejusdem,.
En fecha 18 de Junio de 2012, el Fiscal del Ministerio Público Décimo Quinto de esta Circunscripción Judicial solicito auto de privación de libertad en contra del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL, Previsto y sancionado en el artículo 259 de la LOPPNA con el agravante del artículo 217 ejusdem, el cual fue acordado por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial en virtud que el Tribunal en la audiencia acordó medida cautelar sustitutiva de libertad, y en virtud de ello el Fiscal del Ministerio Público ejerció la apelación en efecto suspensivo.
En consecuencia, este Juzgador, pasa a decidir respecto a la solicitud planteada y para ello previamente hace las siguientes consideraciones:
Observa este Juzgador, que de las actas que conforman la presente causa, se evidencia que efectivamente el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público solicita el archivo de las actuaciones por falta de elementos probatorios que comprometan la responsabilidad del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ, en la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, Previsto y sancionado en el artículo 259 de la LOPPNA con el agravante del artículo 217 ejusdem, y que se le otorgue una medida cautelar ; razón por la cual considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso es ACORDAR la libertad, plena incoada por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público a favor del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ , por no encontrar suficientes elementos de convicción que comprometan la responsabilidad del imputado en la presente causa por tal motivo se decreta la libertad plena del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ y se acuerda el archivo de las actuaciones conforme a lo previsto en el artículo 108 ordinal 51 y 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos de hecho y derecho, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: ACORDAR la libertad, plena incoada por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público a favor del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ , por no encontrar suficientes elementos de convicción que comprometan la responsabilidad del imputado en la presente causa por tal motivo se decreta la libertad plena del ciudadano SALOMON RAFAEL MARTINEZ y se acuerda el archivo de las actuaciones conforme a lo previsto en el artículo 108 ordinal 51 y 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, regístrese y notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ
ABG. KARLA MORALES MORA
EL SECRETARIO
ABG. GREGORY COELLO