REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 12 DE DICIEMBRE DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el Ciudadano: RAFAEL ANTONIO ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Número: V-4.638.548, mayor de edad, venezolano, casado, domiciliado en el Sector la Milagrosa de la Parroquia Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS ANTEQUERA, portador de la cedula de identidad N° V- 12.182.516, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 154349, con domicilio procesal en la Calle Páez N° 34, de la Población de Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: RAFAEL ANTONIO ROJAS, sobre: Una bienhechuria constante de Una (01) casa de bloque, piso cemento, techo de zinc, Nueve (09) habitaciones, cocina, comedor, Cuatro (04) cuartos, Dos (02) Baños, Un (01) Porche, Dos (02) salas, Dos (02) puertas de metal, Tres (03) Ventanas de Metal, en una superficie de terrenos Municipales que mide: CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (172 MTS2), de una casa antes descrita en una superficie de CIENTO TREINTA METROS CUADRADO (130 MTS2) se encuentra ubicado en el Sector la Milagrosa de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Y tiene los siguientes linderos:
NORTE: Calle Monagas.
SUR: Aidé Rojas.
ESTE: José Ragas.
OESTE: Calle Camejo.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (60.000, BS).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DOCE (12) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DOCE. (12-12-2012.) AÑOS: 202° y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.