REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y
SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
CHURUGUARA, 13 DE DICIEMBRE DEL 2012.-
AÑOS 202º y 153º

Vista la CONCILIACION lograda entre los ciudadanos: ROSANA FELICIA NOGUERA BERMUDEZ, mayor de edad, soltera, de Oficio del Hogar, titular de la cedula de Identidad N° V- V-17.227.946, domiciliada en el Callejón Bermúdez detrás de la Escuela Mapará, Parroquia el Paují, Municipio Federación del Estado falcón, madre de las Niñas xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx también comparece el ciudadano: CARLOS LUIS PALENCIA PEREZ, soltero, mayor de edad, venezolano, agricultor, titular de la cédula N° V- 14.733.347 domiciliado en el Caserío Gallones, Parroquia el Paují, Municipio Federación del Estado falcón, por OBLIGACION DE MANUTENCION, suscrita por ante este Tribunal con competencia en la materia de Protección del Niño y del Adolescente con sede en esta población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, cursante al folio DOCE (12) del presente expediente, este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en lo referente a la Obligación de Manutención. Y le da carácter de cosa juzgada. Déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los TRECE (13) días de Diciembre de 2012 (13-12-2012).- Años 202º y 153ª
EL JUEZ.-

ABOG. SIMON RAMIREZ DIAZ.-

EL SECRETARIO SUPLENTE-

ABG. JESUS E. TORRES.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

EL SECRETARIO SUPLENTE-

ABG. JESUS E. TORRES.-


DEMANDANTE: ROSANA FELICIA NOGUERA BERMUDEZ.-
DEMANDADO: CARLOS LUIS PALENCIA PEREZ.-
EXPEDIENTE: Nº 576-2012.-
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.-