REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 04 DE DICIEMBRE DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ZULYMAR MERCEDES ALVAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Números: V- 20.568.266, mayor de edad, venezolana, soltera, domiciliada en el Sector el Cerrito, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ROCIO MILAGRO CASTILLO COLINA, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 171213, titular de la cédula de identidad N° V- 20.213.289, domiciliada en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: ZULYMAR MERCEDES ALVAREZ, sobre: una bienhechurias constante de Una (01) Vivienda construida con paredes de bloque frisado, piso de cemento, techo de abestro, Cinco (05) puerta de madera y las demás de metal con protectores de metal, ventanas de metal, constante de Cuatro (04) dormitorio, Una (01) salas, Un (01) comedor y Dos (02) cocinas, Tres (03) baño, Un (01) Porche, Un (01) Galpón en la parte de atrás. Dicha construcción tiene una Medida de DOSCIENTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (247M2). Enclavados en una parcela de terreno Municipales sobre una superficie de OCHOCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETRO CUADRADOS (808.38M2), totalmente cercada con tela de ciclón y paredes de bosques ubicada en el Sector el Cerrito, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, alinderada de la siguiente manera:
NORTE: Con Calle Washintong.
SUR: Con Propiedad de Arcángel Sánchez.
ESTE: Con Propiedad Josefa Ollarves.
OESTE: Con Propiedad de Teresa Rojas, Teodoro Rojas y Ricardo Rojas.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000 BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CUATROS (04) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DOCE. (04-12-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.