REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, cuatro de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : IP31-V-2012-000259
En el día de hoy, 04 de Diciembre de 2012, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m), día y hora fijado para llevarse a cabo la celebración de la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello en virtud de la demanda por fijación de Régimen de Convivencia Familiar que intentara la ciudadana: ELIANA PALENCIA YRAUSQUIN titular de la cédula de identidad Nº 16.758.323 en contra del ciudadano DIVO JOSE ROBERTIS CHAVEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.771.689. En este estado se deja constancia de la presencia de la ciudadana ELIANA PALENCIA YRAUSQUIN asistida por los abogados en ejercicio Javier Guanipa Molina y Franmer Guanipa Rodríguez Inpreabogados Nros. 119.123 y 76.714 y el ciudadano DIVO JOSE ROBERTIS CHAVEZ asistido por la abogada Daattorre Davalillo Palmina Inpreabogado Nro. 45.484 y la comparecencia del Fiscal del Ministerio Publico Dr. Helme Aliendo Seguidamente la jueza les explica el contenido de la mediación en que consiste y su finalidad indicando las partes querer mediar, en los siguientes términos: ambos padres acuerdan los fines de semanas alternos, de sábados a domingo, los HERMANOS se omiten nombres, pernoctarán con su progenitora, la ciudadana ELIANA PALENCIA YRAUSQUIN, quien los buscará en el lugar de su residencia los días sábados a las nueve de la mañana y los regresara los días domingos a las cinco de la tarde. Asimismo compartirán: día del padre con el padre, el día de la madre con su madre; el día del cumpleaños de los HERMANOS se omiten nombres, será compartidos con ambos padres; los días de asueto de carnaval y semana santa alternados con ambos padres empezando el año próximo carnaval con mama y semana santa con papa. Los días de asuetos decembrinos serán 24 y 25 de diciembre alternados con ambos padres; 31 y 1º de enero alternados con ambos padres; empezando este año 24 y 25 con papa y 31 y 01 de enero con mama. En periodo de vacaciones escolares respecto a los meses de agosto y septiembre, compartirán con su progenitora la mitad de estas vacaciones, y con su progenitor, la otra mitad. Ahora bien, estando de acuerdo las partes, y amparando el interés superior los HERMANOS ROBERTIS PALENCIA de este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente acuerdo, la cual tiene efectos de sentencia firme ejecutoriada. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Jenny Rodríguez Lamón


ELIANA PALENCIA YRAUSQUIN

DIVO JOSE ROBERTIS CHAVEZ


Fiscal del Ministerio Publico Dr. Helme Aliendo

Dr. Javier Guanipa Molina


Dr. Franmer Guanipa Rodríguez



Dr. Daattorre Davalillo Palmina


El Secretario

Abg. Freddys Romero