REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, cinco de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : IP31-V-2010-000089

PARTE NARRATIVA
Se inicio la presente demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, mediante escrito incoado por la ciudadana MARIANA ISABEL CHIRINOS DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-14.802.974, en beneficio del niño se omite el nombre, en contra del ciudadano JOSE ALBERTO SALAS, titular de la cedula de identidad Nº V-13.027.897. Fundamentando dicha acción en los hechos narrados en el libelo de la solicitud.
PARTE MOTIVA
En fecha 29 de abril de 2010, este Tribunal, admitió la solicitud y se acordó la notificación del ciudadano JOSE ALBERTO SALAS, titular de la cedula de identidad Nº V-13.027.897, para que compareciera por ante este Tribunal, a los fines de que asistiera a la audiencia preliminar de la fase de mediación.

Establece el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, “…toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún procedimiento por las partes…”

Y el artículo 269 ejusdem dispone “La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal y la sentencia que declare, en cualquiera de los casos del articulo 267, es apelable libremente”

En consecuencia, habiendo transcurrido el lapso de la perención anual, se ha verificado el supuesto previsto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, siendo procedente en derecho declarar de oficio la Perención de la Instancia y por lo tanto EXTINGUIDA LA MISMA, de conformidad con lo establecido en las disposiciones trascritas parcialmente.
PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda interpuesta por la ciudadana MARIANA ISABEL CHIRINOS DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-14.802.974 de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese. Y Notifíquese a las partes
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo a los cinco (05) días del mes de diciembre de 2012.-

DRA. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
EL SECRETARIO,
ABG. FREDDYS ROMERO