República Bolivariana De Venezuela

Poder Judicial
Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Falcón,
Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, diez de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: IP31-T-2009-000001

En el día de hoy, Lunes diez (10) de Diciembre de 2012, siendo las nueve y treinta (09:30 a.m.) de la Mañana, día y hora fijado para llevarse a cabo la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, de conformidad con los artículos 467 al 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello en virtud de la DEMANDA DE NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 9.589.225, asistido en este acto por el abogado en ejercicio LAEMIR JESUS MASS COLINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 40.45, en contra de la ciudadana ANNIER ALEJANDRA ARTEAGA CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº 13.108.937, asistida en este acto por la abogada en ejercicio LORENA CAMACHO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 124.847. Siendo la hora establecida para este acto el Alguacil natural de este Tribunal hizo el respectivo llamado, dejando constancia de la NO comparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial, y se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana ANNIER ALEJANDRA ARTEAGA CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº 13.108.937, asistida en este acto por la abogada en ejercicio LORENA CAMACHO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 124.847. Igualmente se deja constancia de la presencia de la Abg. JOSMIRA MOSQUERA, en su Carácter de Defensora Pública Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Punto Fijo. Toma la palabra la ciudadana Jueza ABG. NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO, quien en este estado manifiesta a las partes que esta como Jueza Temporal en virtud de las vacaciones legales otorgadas al profesional del derecho ABG. FREDDY MEDINA, por lo que pregunta a las partes si tienen algún impedimento de conformidad con lo establecido en el articulo 90 del Código de Procediendo Civil, manifestando las mismas no tener ningún impedimento , por lo que la ciudadana Jueza se aboca en este acto al conocimiento de la presente causa. Seguidamente, la jueza de conformidad con lo consagrado en el articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud de la incomparecencia de la parte demandante ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 9.589.225, sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el procedimiento y en consecuencia considera extinguida la instancia. Es todo. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto, se leyó y conformes firman.

ABG. NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO
LA JUEZA TEMPORAL SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACION Y SUSTANCIACIÓN



DEMANDADA
ANNIER ALEJANDRA ARTEAGA




LORENA CAMACHO
ABOG. ASISTENTE


ABG. JOSMIRA MOSQUERA
DEFENSORA PÚBLICA PRIMERA





EL SECRETARIO
ABG. IGNACIO HIDALGO