REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
-EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
EXPEDIENTE: 7539.
ACCIÓN: Cumplimiento de contrato de compra-venta e indemnización de daños y perjuicios.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano JOSUE DANIEL RODRIGUEZ VAZQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.790.434, con domicilio procesal en el Centro Comercial de Occidente Sociedad Anónima (CECOSA), Piso 02, Nivel de Oficina Nro. 02, ubicado en la Avenida Bolívar entre Calles Altagracia y Zamora de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogados FRANKLIN RAFAEL GONZALEZ, EDGAR COLINA y FÉLIX IRENEO SÁNCHEZ PADILLA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.520, 12.156 y 12.472, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Ciudadanos JESÚS ALBERTO MUJICA ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.895.380, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, y la fallecida NANCY MARVELIA GÓMEZ DE MUJICA, quien fuera en vida titular de la cédula de identidad Nro. V-3.890.400, en la persona de sus herederos conocidos ciudadanos: JESÚS ALBERTO MUJICA ORTEGA, JESÚS RAFAEL MUJICA GÓMEZ, MARJELIS COROMOTO MUJICA GÓMEZ, JESMAR DEL VALLE MUJICA GÓMEZ y LUIS ENRRIQUE MUJICA GÓMEZ.
MATERIA: Civil.
El Tribunal por constatar de las actas procesales, que desde el día 08 de Julio de 2010, fecha de la ultima actuación de la parte demandante hasta el día de hoy 05 de Diciembre de 2012, ha transcurrido más de un (01) año, sin haber realizado la parte actora durante dicho lapso ningún acto de procedimiento, se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 ejusdem. Así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Archivo judicial, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a la actora de la presente decisión, a los fines de que ejerza el recurso de Ley.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Cinco (05) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Doce (2012).- Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín.
CHL/MML/hjt.-
Exp: 7539.
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo la 11:00 a.m.,
previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín.
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