REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 15 de Diciembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2012-011646
ASUNTO : IP11-P-2012-011646
AUTO ACORDANDO LIBERTAD INMEDIATA
JUEZ: ABG. ARNALDO JOSE OSORIO PETIT
FISCAL DECIMO QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO:
SECRETARIO: ABG. GLORIANA MORENO
IMPUTADO (S): LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA
DEFENSOR (A): DEFENSOR PÚBLICO SEGUNDO
En el día de hoy, Viernes (14) de Diciembre de 2012, siendo las 4:30 horas de la tarde, oportunidad fijada previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes se constituyo el Tribunal segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo en la Sala de Audiencias Nro. 03, a los fines de dar inicio a la Audiencia Oral de Presentación de imputado, en virtud del escrito de presentación de detenido, interpuesta por el ciudadano Fiscal 15° del Ministerio Público mediante el cual solicita la declinatoria de Competencia del Ciudadano: LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA, el cual se encuentra solicitado por otra Jurisdicción por la presunta comisión del delito HURTO AGRAVADO, por el Juzgado Segundo de Acarigua del Estado Portuguesa Carabobo, según meno 950 de fecha 12/11/208, expediente externo 002567, razón por la cual solicita sea puesto a su vez, a la orden de la GUARDIA NACIONAL PRIMERA COMPAÑIA, para su traslado a la jurisdicción que lo requiere. Acto seguido el Ciudadano Juez solicitó a la secretaria de Sala se sirva verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la presencia de la ABG. CARLOS COLMENARES, en su carácter de Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, el Imputado Ciudadano LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA, Seguidamente solicita la palabra el imputado de la presente causa el ciudadano LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA, y quien solicita se le designe defensor publico, haciendo acto de presencia el defensor publico segundo ABG. OSCAR GOMEZ. De seguidas el Ciudadano Juez dio inicio al acto, concediéndole la palabra a la ciudadana Fiscal, quien hizo una exposición breve de los hechos y fundamentos de derecho plasmados en su escrito de presentación y que dio origen para que pusiera a disposición de este Tribunal al ciudadano ABG. CARLOS COLMENARES, el cual se encuentra solicitado por otra Jurisdicción por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, por el Juzgado Segundo de Acarigua del Estado Portuguesa Carabobo, según meno 950 de fecha 12/11/208, expediente externo 002567, razón por la cual solicita sea puesto a su vez, a la orden de la GUARDIA NACIONAL PRIMERA COMPAÑIA, para su traslado. Es todo”. Seguidamente el ciudadano Juez le explico al Ciudadano imputado que esta era una oportunidad para que expusiera lo que creyera pertinente, sin embargo no está obligados a hacerlo, tal y como lo consagra el Artículo 49 en su ordinal 5° de la Constitución Nacional, igualmente les explico los derechos que tienen como imputado y se le preguntó si deseaba declarar, manifestando el mismo que No deseaba declarar, por lo cual se paso al estrado para que aporten sus datos personales, manifestando ser y llamarse de la siguiente manera LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA, Venezolano, natural de la fría estado Táchira nacido en fecha 03/01/1988, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V-20.469.492, de estado civil soltero, grado de instrucción: 4do año, Hijo de Maria Dávila y José Mantilla domiciliado en: Sector domingo Hurtado, calle principal, al lado de la panadería DOÑA ANDREA, punto Fijo Estado Falcón teléfono no tiene. Seguidamente se le cede la palabra la DEFENSOR PUBLICO SEGUNDO, quien procede a señalar sus argumentos legales a favor de su defendido, indicando: “ VISTO QUE YA FUE CONDENADO SEGÚN BOLETA PRESENTADA AL JUEZ, SOLICITO SE LE PONGA EN LIBERTAD Y SE DIRIJA HASTA EL TRIBUNAL DE EJECUCION Y RESUELVA SU SITUACION PENAL Es todo”. Acto seguido el Ciudadano Juez oída la exposición de las partes hace las siguientes observaciones: Escuchadas las exposiciones efectuadas en esta sala de audiencia, pasa a pronunciarse de la siguiente manera, vista la orden de Aprehensión que tiene el ciudadano: LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA, el cual se encuentra solicitado por otra Jurisdicción por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, por el Juzgado Segundo de Acarigua del Estado Portuguesa Carabobo, según meno 950 de fecha 12/11/208, expediente externo 002567, es por lo que este Tribunal segundo de Control de circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Decreta PRIMERO: Decreta la Libertad inmediata, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del ciudadanos: LUIS EDUARDO MANTILLA DAVILA, Venezolano, natural de la fría estado Táchira nacido en fecha 03/01/1988, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V-20.469.492, de estado civil soltero, grado de instrucción: 4do año, Hijo de Maria Davila y José Mantilla domiciliado en: Sector domingo Hurtado, calle principal, al lado de la panadería DOÑA ANDREA, punto Fijo Estado Falcón teléfono no tiene y así se decide. SEGUNDO: Se ordena se decrete el procedimiento ordinario. Y consigne copia certificada de lo resuelto ante el tribunal por el cual aun se encuentra solicitado TERCERO: La publicación de la presente decisión se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal. No librándose boletas de notificación siempre que la resolución sea publicada en tiempo legal establecido Y así se decide. CUARTO: Remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público a los fines de que presente el acto conclusivo en la oportunidad legal señalada. QUINTO: Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad por ante el Cuerpo del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT
LA SECRETARIA
ABG. GLORIANA MORENO